Saltar al contenido

TC aclara que declaración de inconstitucionalidad de decreto no levanta restricción a venta de bebidas

29 de julio de 2026
TC aclara que declaración de inconstitucionalidad de decreto no levanta restricción a venta de bebidas

Santo Domingo.- El presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez Lavandier, aclaró que la sentencia que declaró inconstitucional el Decreto 308-06 no significa que quedan levantadas las restricciones para el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión.

La decisión del Tribunal Constitucional se fundamentó en que el decreto presidencial del año 2006 establecía una limitación a derechos fundamentales sin estar contenida en una ley aprobada por el Congreso Nacional.

Tras conocerse la sentencia, algunos comerciantes y propietarios de centros de diversión interpretaron que la medida permitiría la venta de bebidas alcohólicas sin restricciones. Sin embargo, el TC explicó que la decisión no elimina de inmediato los controles existentes.

La sentencia establece un plazo de dos años para que el Congreso Nacional legisle sobre la regulación de los horarios de expendio de bebidas alcohólicas, evitando así un vacío legal y garantizando el orden público.

Mientras tanto, comerciantes y consumidores mantienen opiniones divididas sobre los límites para la venta de alcohol, mientras el Tribunal Constitucional insiste en que cualquier restricción debe estar establecida mediante una ley.