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Condenan a dos personas por el caso de Warner Herrera Romero

17 de julio de 2025
Condenan a dos personas por el caso de Warner Herrera Romero

El Tribunal Colegiado de la provincia San Cristóbal impuso penas de 40 y 30 años de privación de libertad contra dos personas vinculadas con la pérdida del comerciante Warner Herrera Romero.

Según lo establecido durante el proceso judicial, Joel Mancebo López, conocido como El Gordo, fue señalado como quien le soltó los proyectiles al empresario. Por tal razón, se le impuso una sentencia de 40 años en un centro penitenciario.

Asimismo, el tribunal dictó una condena de 20 años de reclusión contra Gaudi Florentino Doñé. La investigación determinó que fue quien condujo el vehículo utilizado esa noche para llevar a cabo el hecho. A su salida del tribunal, Mancebo López defendió de forma firme su posición, y expresó: “Yo no lo eliminé”, en una declaración breve a los medios presentes.

El comerciante asesinado era propietario del restaurante Mary Sazón (FUENTE EXTERNA)
El comerciante asesinado era propietario del restaurante Mary Sazón (FUENTE EXTERNA)

El comerciante Warner Herrera Romero tenía 54 años al momento del suceso. Según lo indicado por las autoridades, dejó de existir dos días después, mientras era atendido por complicaciones médicas. Herrera fue ingresado en un centro de salud tras recibir dos impactos: uno en la zona del cráneo y otro en el área del tórax. A pesar del esfuerzo médico, no logró recuperarse.

El tribunal evaluó todas las pruebas presentadas por el Ministerio Público, incluyendo testimonios, evidencias materiales y resultados forenses. Con base en esto, se emitieron las decisiones judiciales correspondientes. Las audiencias se desarrollaron conforme al debido proceso, y las partes involucradas tuvieron la oportunidad de presentar sus argumentos.

Durante el juicio, se detalló que la participación de Joel Mancebo López fue directa, mientras que Gaudi Florentino Doñé cumplió un rol de apoyo logístico. El caso generó seguimiento dentro del sistema judicial de San Cristóbal, pero todas las declaraciones y valoraciones fueron llevadas en el marco del proceso legal sin emitir juicios fuera del expediente.

Con esta decisión, las autoridades dieron cierre a un expediente que fue trabajado conforme a lo establecido en la normativa penal vigente, estableciendo las responsabilidades individuales según el grado de participación.

No se ofrecieron otros comentarios adicionales por parte del tribunal al término de la audiencia. Tampoco se indicó si las sentencias serán apeladas por las defensas legales.