Saltar al contenido

Tribunal Constitucional decidirá si es válido el reglamento de encuestas de la JCE

23 de julio de 2026
Tribunal Constitucional decidirá si es válido el reglamento de encuestas de la JCE

Santo Domingo.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer el recurso contencioso en nulidad interpuesto contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), mediante la cual se aprobó el reglamento que establece el procedimiento para el registro de las firmas o empresas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral.

La decisión dispone remitir el expediente al Tribunal Constitucional (TC), al considerar que la controversia plantea un asunto de control concentrado de constitucionalidad, una atribución que corresponde exclusivamente a ese órgano.

La sentencia fue adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE, junto a Fernando Fernández Cruz y Rafaelina Peralta Arias, quienes concluyeron que el recurso cuestiona la constitucionalidad del artículo décimo tercero del reglamento emitido por la JCE, por lo que el tribunal electoral carece de competencia para decidir sobre el fondo.

El recurso había sido presentado por la entidad sin fines de lucro Justicia Sin Fronteras, Inc., con el propósito de anular el reglamento que regula el funcionamiento y registro de las empresas encuestadoras en los procesos electorales.

Asimismo, el TSE ratificó la fusión de los expedientes TSE-01-0013-2026 y TSE-01-0014-2026, al comprobar la existencia de conexidad entre las partes y los hechos.

De igual manera, declaró inadmisible la solicitud de medidas cautelares presentada por la parte impugnante, al considerar que, tras resolver la cuestión de competencia, dicha petición quedó sin objeto.

Finalmente, el tribunal declaró las costas de oficio y ordenó la notificación de la sentencia a las partes, así como su publicación en el portal institucional del TSE y en el Boletín Contencioso Electoral.