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Tribunal absuelve a acusado en caso por presunta sobredosis en Santiago

7 de junio de 2025
Tribunal absuelve a acusado en caso por presunta sobredosis en Santiago

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Santiago emitió una sentencia absolutoria a favor de Simón Bolívar de los Santos Abreu Núñez, quien fue acusado en 2022 tras la pérdida de su pareja, Themis Carolina Cruz Hernández, de 25 años, quien trabajaba como agente de la Policía Municipal. La joven dejó de vivir días después de ser ingresada en estado de coma a un centro de salud, en un caso que desde el inicio generó una amplia cobertura mediática.

La versión inicial sobre el hecho indicaba que la causa fue una sobredosis. Sin embargo, el Ministerio Público declaró posteriormente que existían indicios de que el esposo habría tenido responsabilidad directa en inducir el consumo de sustancias. Estas acusaciones fueron cuestionadas en el proceso judicial.

El tribunal determinó que ni el Ministerio Público ni la parte querellante, representada por el abogado Félix Portes, presentaron evidencias suficientes que cumplieran con los estándares requeridos en un juicio penal. En palabras del tribunal, “la acusación no logró superar el estándar probatorio exigido en un juicio penal”. Además, se rechazó la querella privada por considerar que se violaron principios fundamentales como el debido proceso y la presunción de inocencia.

El hecho ocurrió el 8 de enero de 2022, en la residencia de Themis Carolina Cruz Hernández, ubicada en el sector Hoya del Caimito, en el norte de Santiago. Durante la audiencia, los abogados defensores Russel Orlando Aracena Peña y Orlando Aracena Vásquez, en representación de la Fundación Familia Sin Violencia, alegaron que el expediente estaba mal estructurado desde el principio. Afirmaron que las pruebas presentadas eran contradictorias o presuntamente manipuladas.

“El tribunal ha demostrado que una justicia tardía, incoherente y politizada es, en realidad, una justicia nula”, declaró Russel Aracena. Por su parte, Orlando Aracena Vásquez insistió en que la acusación fue fabricada con otros fines, como el intento de despojar a su representado de bienes materiales.

El abogado Félix Portes, quien representó a los familiares de la joven, expresó su inconformidad con el fallo: “La familia se siente decepcionada porque entiende que no se hizo justicia”. Añadió que ciertos elementos del caso no fueron debidamente considerados por el tribunal. Entre ellos, mencionó un certificado médico y un reconocimiento del médico legista al imputado, los cuales no fueron valorados conforme a la cronología del proceso.

Aunque Simón Bolívar de los Santos Abreu Núñez fue absuelto del cargo principal, el tribunal lo condenó a dos años por posesión no autorizada de 30 proyectiles encontrados durante un allanamiento. No obstante, como ya había cumplido 3 años, 5 meses y 25 días en prisión preventiva, la condena fue considerada extinguida.

La pérdida de Themis Cruz fue ampliamente discutida por la falta de resultados concluyentes en las pruebas médico-forenses sobre la supuesta inducción. El caso cierra con un fallo que, según los abogados de la defensa, subraya la importancia de que los procesos judiciales se fundamenten en evidencias concretas y no en presunciones o presiones externas.