
Santo Domingo.-El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 25-26 que crea y regula el funcionamiento de la Alerta Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la República Dominicana, denominada Alerta RD, pero ¿sabe usted en qué consiste?
El nuevo marco legal tiene como objeto el diseño de un mecanismo de difusión masiva, inmediata y en tiempo real de información relevante sobre personas desaparecidas, integrando los esfuerzos de las instituciones estatales, los medios de comunicación y la sociedad civil.
La Ley 25-26 dictamina que la Policía Nacional o el Ministerio Público, tras valorar una denuncia, que podrá ser interpuesta de manera presencial o vía telefónica, deberán activar el sistema de alarmas de manera conjunta e inmediata, sin que transcurran más de 24 horas desde el reporte de desaparición o situación de peligro inminente.
La ley establece una tipificación especializada de las alertas según el perfil de la persona afectada; por ejemplo, se emite una alerta Amber en caso de sustracción o desaparición de niños, niñas y adolescentes.
Alerta Silver, destinada a la localización de adultos mayores de 65 años; también está la Alerta Azul, aplicable en casos de desaparición de personas que presenten alguna discapacidad física o mental, y la Alerta Rosa, activada específicamente para mujeres en contextos de violencia de género o trata de personas.
Su difusión se canalizará a través de las redes sociales, medios de comunicación tradicionales, terminales de transporte, plataformas digitales y boletines policiales.
La ley establece que los servidores públicos que, teniendo conocimiento de un caso de desaparición, omitan informar u obstaculicen los protocolos establecidos, serán sancionados por la comisión de faltas graves.
Asimismo, la normativa crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada y de acceso interinstitucional que estará bajo la administración y supervisión de la Policía Nacional.
Este registro incluirá una plataforma de consulta pública con datos personales, descripciones físicas, fotografías, estatus de la búsqueda e información médica de las víctimas, velando estrictamente por el derecho a la intimidad.
