
Santo Domingo.- El Senado de la República aprobó, de urgencia y en segunda discusión, la reforma al nuevo Código Penal. Las discusiones estuvieron marcadas por enfrentamientos verbales entre legisladores durante el debate de la pieza.
Sin el voto favorable de los senadores del partido Fuerza del Pueblo, fue aprobada la propuesta de modificación del Código Penal emanada de la Cámara de Diputados.
La iniciativa establece penas de uno a dos años de prisión en los casos de difamación. En su artículo 211 señala que no tendrán persecución penal los considerados actos no difamatorios e injuriosos, entre ellos:
- Los discursos ofrecidos en las cámaras legislativas.
- La presentación de informes, memorias y documentos de los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y del Tribunal Constitucional.
- Las reseñas periodísticas emanadas de las sesiones del Congreso Nacional.
- Los discursos pronunciados en los tribunales de justicia.
- Las opiniones y denuncias de corrupción acompañadas de verificación o elementos probatorios.
Este último punto motivó al senador del Distrito Nacional a proponer su exclusión, pero la moción fue rechazada.
En cuanto al delito de difamación, el senador de Santo Domingo planteó eliminar la penalización con prisión y sustituirla por reparación civil y multas. Sin embargo, la propuesta tampoco fue acogida.
Durante la sesión, algunos senadores cuestionaron que, cuando el Código Penal fue aprobado el año pasado, todos los legisladores votaron a favor de la pieza.
Mientras tanto, la senadora de Puerto Plata pidió detener las modificaciones al Código Penal y llamó a revisar el contenido de la reforma.
El nuevo Código Penal establece penas de dos a cinco años de prisión y de 10 a 20 años para quienes causen daños mediante el uso de sustancias químicas; de dos a cinco años por perjurio; y el mismo período de prisión para el delito de proxenetismo.
Código Penal: artículo 211
Actos no difamatorios e injuriosos:
- Discursos dados en las cámaras legislativas.
- Presentación de informes, memorias y documentos de los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y del Tribunal Constitucional.
- Reseñas periodísticas emanadas de las sesiones del Congreso Nacional.
- Discursos pronunciados en los tribunales de justicia.
- Opiniones y denuncias de corrupción con verificación o elementos probatorios.
Penas establecidas en el Código Penal:
- Uso de sustancias químicas: prisión de 2 a 5 años y de 10 a 20 años, según las circunstancias del daño causado.
- Perjurio: prisión de 2 a 5 años.
- Proxenetismo: prisión de 2 a 5 años.
