
Santo Domingo.- El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, aclaró este lunes que las modificaciones propuestas al artículo 141 del proyecto de Código Penal no cambian el plazo de prescripción para los delitos sexuales cometidos contra niños, niñas, adolescentes y personas en condición de vulnerabilidad.
El legislador explicó que el único ajuste planteado consiste en eliminar la expresión «prisión mayor» del encabezado del artículo, debido a que hace referencia a un régimen de penas que no guarda relación con las disposiciones sobre prescripción. Aseguró que el párrafo que establece los plazos para estos delitos permanecerá sin modificaciones.
De los Santos precisó que el proyecto mantiene una prescripción diferenciada. En ese sentido, los delitos sexuales cometidos contra personas adultas prescriben a los 20 años desde la comisión del hecho, mientras que, cuando las víctimas son niños, niñas, adolescentes o personas vulnerables, la acción penal prescribe a los 30 años, contados a partir de que la víctima alcanza la mayoría de edad.
El presidente del Senado atribuyó la confusión a que el proyecto de modificación solo muestra los artículos que serán cambiados, por lo que el párrafo que mantiene el plazo especial de prescripción no aparece en el documento al no estar sujeto a ninguna variación.
Asimismo, exhortó a la ciudadanía a leer el contenido de los proyectos legislativos antes de emitir opiniones, al considerar que parte de las críticas se originan por el desconocimiento del texto que actualmente se encuentra en discusión.
