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Proselitismo a destiempo: la prohibición electoral más violada en RD

18 de mayo de 2026
Proselitismo a destiempo: la prohibición electoral más violada en RD

Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) en la República Dominicana es el órgano constitucional responsable de organizar, dirigir y supervisar los procesos electorales, así como de velar por el cumplimiento del régimen electoral y el respeto a la normativa que regula la actividad política en el país. Dentro de sus atribuciones también se encuentra la vigilancia del llamado “proselitismo a destiempo”, una práctica que consiste en la promoción anticipada de aspiraciones políticas antes del inicio oficial del período de precampaña o campaña establecido por la ley, y cuya violación se ha vuelto cotidiano al pasar de los años ante la mirada indiferente por aquellos que tienen que supervisar ese tipo de transgresión.

En el marco legal dominicano, la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos (Ley 33-18) y la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Ley 20-23) establecen con claridad los períodos en los que los partidos pueden realizar actividades proselitistas, tanto internas como externas. Fuera de esos plazos, cualquier manifestación pública que promueva candidaturas, movilizaciones con fines electorales, uso de propaganda o mensajes dirigidos a posicionar aspiraciones políticas puede ser considerada como violación al principio de equidad del proceso electoral.

 
¿Cuándo interviene la JCE?
 
La JCE interviene cuando detecta, recibe denuncias o documenta actividades que puedan interpretarse como promoción anticipada de candidaturas. Estas intervenciones pueden originarse a través de: Monitoreo de medios de comunicación y redes sociales. Denuncias formales de partidos políticos o ciudadanos. Informes de inspectores y personal de la Unidad de Fiscalización Electoral. Evidencias de actos públicos, publicidad o propaganda anticipada. Una vez identificada una posible infracción, la JCE puede abrir un proceso de investigación y notificar a la organización política o persona involucrada para que responda a las observaciones.
 
Tipos de proselitismo a destiempo

 

  • El proselitismo fuera de plazo puede manifestarse de varias formas, entre ellas:
  • Colocación de vallas o publicidad con nombres o imágenes de aspirantes.
  • Actos políticos con mensajes de promoción de candidaturas antes de la fecha permitida.
  • Uso de redes sociales para posicionar aspiraciones con fines electorales.
  • Entrega de materiales promocionales o realización de caravanas.
  • Promoción indirecta mediante “precandidaturas” no autorizadas oficialmente.
 
 
Consecuencias para los partidos y actores políticos
 
Cuando la JCE determina que existe violación a las disposiciones sobre propaganda anticipada, puede aplicar diferentes medidas, dependiendo de la gravedad del caso y la reincidencia.
 
  • Entre las principales consecuencias se encuentran:
  • Advertencias formales a los partidos o precandidatos.
  • Orden de retiro inmediato de la propaganda o suspensión de actividades proselitistas.
  • Multas económicas a las organizaciones políticas o responsables directos.
  • Sanciones administrativas que pueden incluir la inhabilitación de aspiraciones en casos graves.
  • Remisión a la jurisdicción contenciosa electoral si el caso lo amerita.
 
Además, las decisiones de la JCE pueden ser impugnadas ante el Tribunal Superior Electoral (TSE), que actúa como instancia jurisdiccional en materia electoral. Impacto político y organizativo El control del proselitismo a destiempo tiene como objetivo principal garantizar la equidad entre los aspirantes y evitar el uso ventajoso de recursos antes del inicio oficial de la contienda.
 
Sin embargo, este tema suele generar tensiones entre la JCE y los partidos políticos, ya que en la práctica es común que dirigentes y aspirantes comiencen actividades políticas de forma temprana, especialmente en períodos preelectorales prolongados. 
 
Asimismo, los partidos enfrentan el reto de regular internamente a sus aspirantes, ya que la falta de control puede derivar en sanciones colectivas o afectar la imagen institucional de la organización política. En sentido general, la JCE mantiene un rol de árbitro electoral, procurando que las reglas del juego democrático se cumplan y que la competencia política se desarrolle dentro de los límites establecidos por la ley, evitando así ventajas indebidas y fortaleciendo la transparencia del proceso electoral.