
Santo Domingo.- El Senado de la República continúa el estudio del proyecto de ley de Medidas de Procrecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional, en el cual se contempla la modificación del artículo 314 del Código Tributario de la República Dominicana, relativo al pago de anticipos fiscales.
En el marco de la discusión legislativa, el senador del Distrito Nacional, Omar Fernández, presentó una propuesta de modificación al proyecto, específicamente en lo referente a la forma de cálculo de los anticipos para distintos tipos de contribuyentes.
La pieza establece que las personas jurídicas y grandes empresas con una tasa efectiva de tributación menor o igual al 1.5% deberán pagar sus anticipos en 12 cuotas mensuales iguales, calculadas sobre el 1.5% de los ingresos brutos del año anterior. En cambio, aquellas con una tasa superior pagarán mensualmente la doceava parte del impuesto liquidado en su declaración previa.
Asimismo, el proyecto contempla un tratamiento especial para empresas cuyas actividades dependen de comisiones o márgenes regulados por el Estado, estableciendo que sus anticipos se calcularán sobre la base de esos ingresos específicos. En el caso de intermediarios dedicados exclusivamente a la venta de bienes de terceros, también se aplicará el 1.5% sobre las comisiones obtenidas.
Para las medianas empresas, personas físicas y negocios de único dueño, se plantea el pago del 50% del impuesto liquidado del ejercicio anterior, distribuido en varios meses del año fiscal, con porcentajes específicos entre el sexto y el duodécimo mes.
En tanto, las micro y pequeñas empresas quedarían exentas del pago de anticipos, de acuerdo con el texto del proyecto.
La iniciativa forma parte del debate legislativo que busca actualizar el sistema tributario dentro del plan de simplificación fiscal impulsado por el Poder Ejecutivo.
