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Lo que castiga con cárcel el nuevo Código Penal para quienes se lucren con el dolor ajeno o se beneficien de situaciones de calamidad

3 de agosto de 2026
Lo que castiga con cárcel el nuevo Código Penal para quienes se lucren con el dolor ajeno o se beneficien de situaciones de calamidad

SANTO DOMINGO, RD- Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal este lunes la República Dominicana establece un antes y un después en la protección del orden público y la propiedad ciudadana, priorizando el castigo ejemplar contra uno de los delitos más reprochables: el aprovechamiento de desastres y tragedias.

Bajo las nuevas disposiciones de la legislación que deja oficialmente atrás el código centenario de 1884, aquellos delincuentes que utilicen situaciones de calamidad, accidentes o incendios para cometer robos y desvalijar bienes ajenos enfrentarán sanciones severas e inflexibles.

La inclusión de esta agravante específica responde al clamor ciudadano frente a hechos indignantes ocurridos, como los saqueos perpetrados en medio de tragedias y siniestros tales como el incendio en establecimientos comerciales como L&R.

A partir de hoy, los tribunales dominicanos cuentan con un mandato legal claro que tipifica y castiga con largas penas de reclusión el vandalismo de oportunidad, enviando un mensaje contundente de que la vulnerabilidad de las víctimas y las emergencias colectivas no quedarán impunes bajo ninguna circunstancia.

Se tipifican por primera vez delitos como el sicariato, el feminicidio, el ciberbullying y la violencia económica.

Las empresas y corporaciones ahora podrán ser imputadas penalmente por delitos financieros, de corrupción o lavado de activos.

Con la aplicación de este histórico código, la República Dominicana fortalece su Estado de derecho, garantizando que la ley actúe con todo su peso para proteger a la ciudadanía, especialmente en sus momentos de mayor vulnerabilidad.