El cubano Julio César Llorente López, quien golpeó en la cara a un agente de tránsito que lo multó por hablar por el celular mientras conducía por la avenida Abraham Lincoln, en el sector Piantini, el pasado año, fue condenado a un mes de prisión por ultraje y violencia a la autoridad, pena que ya cumplió mientras estaba bajo medida de coerción.
La sentencia, emitida por la jueza Diana P. Moreno Rodríguez, de la Octava Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, también le impuso al acusado una indemnización de RD$75,000 a favor del agente José Anthony Alcántara Rojas, de 23 años.
Durante el juicio de fondo, el abogado José Martínez Hoepelman, defensa de Llorente López, dijo al tribunal que «acordó con el Ministerio Público la asunción de responsabilidad» del encartado y, por ende, a «una sanción penal de treinta (30) días» que ya fueron cumplidos por el imputado con la medida de coerción que se le impuso luego de ser arrestado en agosto del pasado año.
La lesión que sufrió Alcántara Rojas, según la certificación del médico legista, era curable en un periodo de 1 a 10 días, causa de la condena por golpes y heridas de manera voluntaria a un oficial público, sancionados con los artículos 309 y 230 del Código Penal.
El cubano fue detenido el 10 de agosto, un día después de actuar violentamente contra el policía de tránsito y en un recurso de apelación que interpuso en la corte se dispuso su libertad el 14 de septiembre.
La Octava Sala de la Cámara Penal, en su Sentencia Núm. 046-2024-SSEN-00109 describe, que previo a emitir el dictamen la defensa acordó también «asumir el pago de indemnización» al agente.
La víctima y miembro de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), José Anthony Alcántara Rojas, que fue querellante contra Llorente López y actor civil, se adhirió «en todas sus partes con el Ministerio Público» y aprobó el acuerdo y la indemnización, ascendente a RD$75,000.00, por los daños ocasionados por el imputado «y pactado a entregarse en siete (7) días».
Previo a la negociación, durante el juicio, el Ministerio Público había solicitado la imposición de una pena de dos años de privación de libertad y la imposición de una multa de cinco mil pesos (RD$5,000.00) a favor del Estado dominicano.
El incidente
El cubano fue multado cuando conducía una yipeta Toyota, blanca, por violar el artículo 221 de la Ley 63-17 de Tránsito sobre distracción con el celular, por lo que el referido agente le requirió que mostrara su licencia de conducir y demás documentos, y al hacer la entrega «se tornó agresivo, y procedió a agredir a la víctima, insultándolo y le propinó un golpe en el rostro, además le arrebató los documentos que ya le había entregado».
Alegó el ahora condenado que el agente le estaba tomando fotos a los papeles con sus datos que le había suministrado, lo que le molestó.
Llorente López permaneció detenido poco más de un mes. Para otorgarle libertad pura y simple, el 14 de septiembre del 2023, la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación, dijo que los agentes de la Digesett lo detuvieron sin la orden de un juez 24 horas después de este actuar violentamente, cuando debieron hacerlo inmediatamente ocurrió el incidente, de manera infraganti, que es cuando no se requiere que un juez la dictamine.
Con información de Diario Libre.