Saltar al contenido

¡Atención! Instalar una cámara para vigilar entrada de vecino podría llevarte a la cárcel

18 de julio de 2026
¡Atención! Instalar una cámara para vigilar entrada de vecino podría llevarte a la cárcel

Santo Domingo.- Instalar una cámara de seguridad que registre o vigile la entrada de la vivienda de un vecino sin su autorización podría acarrear penas de prisión de entre dos meses y cinco años, además de sanciones económicas, conforme a lo establecido en la Ley 102-13, que regula el uso de sistemas de videovigilancia en la República Dominicana.

La legislación dispone que estos equipos deben utilizarse respetando los derechos fundamentales a la intimidad, la privacidad, la propia imagen y el honor, por lo que prohíbe emplearlos con fines distintos a los contemplados por la ley o de manera que afecten la vida privada de terceros.

En un artículo señalan que, aunque un propietario tiene derecho a instalar cámaras para proteger el acceso a su residencia, estas no deben enfocar ni monitorear la entrada de la vivienda de un vecino, ya que esa práctica podría constituir una vulneración de derechos constitucionales.

Lla sentencia TC/0094/22 del Tribunal Constitucional, en la que se establece que el derecho a la seguridad no es ilimitado y que, cuando un sistema de videovigilancia registra de forma permanente los movimientos, visitas o accesos a una vivienda, debe prevalecer el derecho a la intimidad del hogar.

Asimismo, explica que el artículo 5 de la Ley 102-13 autoriza la captación de imágenes en espacios públicos únicamente cuando resulte indispensable para fines de seguridad y siempre que no se invadan áreas privadas. De igual forma, el artículo 6 prohíbe instalar cámaras en lugares que comprometan la privacidad de las personas, como habitaciones, baños, vestidores u otros espacios de carácter reservado.

Se destaca que el artículo 8 establece que la colocación y uso de cámaras debe responder a los principios de idoneidad e intervención mínima, procurando un equilibrio entre la seguridad y el respeto a la intimidad, el honor y la imagen de las personas.

Además, recuerda que los artículos 12 y 13 contemplan sanciones de dos meses a cinco años de prisión, junto con multas equivalentes a entre dos y cuatro salarios mínimos, para quienes utilicen las cámaras o el material captado con fines distintos a los permitidos por la normativa.

Finalmente, el abogado señala que una persona que considere afectados sus derechos puede requerir al propietario que reoriente o retire la cámara y, si la situación persiste, presentar una denuncia ante el Ministerio Público o interponer un recurso de amparo.