Una de las tres mujeres imputadas en la supuesta red de corrupción destapada por el Ministerio Público dominicano a través de la Operación Calamar, que involucra a tres exministros de la anterior administración de Danilo Medina, que continuaba hasta febrero de este año en la nómina de autoridades del Departamento de Hacienda.
La princesa Alexandra García Medina ocupa el cargo de «Coordinadora Técnica Administrativa» con un salario anual de Rs 95.000 (reducido a salario neto después de aplicar los descuentos reglamentarios) a $ 78.107,94). Se contrata sobre la base de las normas de la profesión administrativa.
La Ley No. 41-08 sobre Servicio Público establece en su Artículo 23 que es funcionario o servidor público en ejercicio de la profesión administrativa “toda persona que ingrese por concurso público y apruebe la prueba de evaluación y luego sea designada a un cargo permanente calificado como profesión y previsiones presupuestarias».
imputación
La noche del lunes, la Fiscalía Especializada en Procesos Administrativos Anticorrupción (PEPCA) interpuso un pedido de medidas de ejecución en el caso Calamar contra unas 20 personas, entre ellas el exsecretario de Obras Públicas Gonzalo Castillo; el exministro de Hacienda Donald Guerrero y el exministro de Administración Presidencial José Ramón Peralta han acusado a la Princesa Alessandra García Medina de presuntamente utilizar su papel como Directora de Confirmación de Deuda Administrativa del Ministerio de Hacienda para desfalcar al Estado.
“Aprobó numerosos documentos de expropiación que no tenían el valor requerido para el pago, a pesar de que los analistas técnicos de su gerencia les advirtieron verbalmente y por escrito sobre irregularidades en las que no correspondía el pago”, el documento de acusación contra García establece que Medina había servido para el periodo 2017-2020.
En agosto de 2022 el año pasado, los medios de comunicación dieron a conocer el nombre de la princesa Alessandra García Medina, cuando se hizo pública su solicitud de autorización de información financiera al Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, fiscal especial a cargo de los procesos administrativos por corrupción. (Pepca), dirigido a 37 personas, incluido el exsecretario del Tesoro Donald Guerrero y otros acusados ahora en la Operación Calamar.
¿Puede ser despedida?
El Artículo 88 de la Ley Núm. 41-08 de la Ley de la Función Pública establece que cuando un funcionario público enfrente una investigación judicial o administrativa, podrá ser suspendido de sus funciones por 60 días, con goce de sueldo, prorrogable por una sola vez.
Un funcionario público será suspendido, con goce de sueldo, por un máximo de sesenta (60) días consecutivos, a los efectos de la misma, por conveniencia de una investigación judicial o administrativa, cuyo plazo podrá prorrogarse. sólo una vez».
Agregó que la «suspensión con goce de sueldo terminará por rescisión de la medida, decisión de sobreseimiento, absolución en la instrucción o imposición de sanciones».
Pero el artículo 89 establece que si el funcionario o funcionaria fuere tomado con las precauciones obligatorias, “será suspendido sin goce de sueldo. Dicha suspensión no podrá exceder de seis meses.
“Si fuera absuelto después del plazo señalado en este artículo, el Gobierno restituirá al funcionario y le pagará los salarios que no haya percibido durante el período de suspensión”, señala el artículo.