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Johan Manuel Castillo Ortega

15 de junio de 2024

El pastor de la Iglesia Libre, Johan Manuel Castillo Ortega, de 44 años, es ac#s4do de agred¡r s3x#4lmeทte a var¡as ๓3n0res de edad cuando estas tenían entre 10 y 11 años.

De acuerdo al expediente presentado por el Ministerio Público, dos hermanas ๓en0res de edad afirmaron haber sido ab#sadas por el pastor, ocurriendo estos hechos en el sótano de la iglesia que este dirigía, ubicada en Los Alcarrizos.

En los testimonios recolectados por las autoridades, también mencionan otras dos ๓enores que presuntamente fueron ab#sadas por Castillo Ortega.

El documento detalla las declaraciones de las dos hermanas con edades de 13 y 17 años, quienes fueron entrevistadas por el Ministerio Público a través de la cámara Gessel.

La madre de las menores declaró que el pastor también agredió s3x#4lmeทte a la hija de una prima. Esta tercera víctima tiene 16 años y fue quien confesó a su madre lo que había ocurrido.

Al ser entrevistada por la psicóloga forense, Johanna Calderón, la adolescente de 17 años reveló la primera vez que Johan Manuel la tocó indeb¡damente, tenía 11 edad; agregó que el pastor accionó contra ella en cuatro o cinco ocasiones, en las que la forzó a sostener relac¡ones s3x#4les.

La menor reveló que todo ocurrió en el sótano del templo de adoración, mientras feligreses se encontraban en la parte superior del lugar. Detalló que el pastor la forzaba, le tocab4 sus p4rtes ínt¡mas y le tapaba la b0ca para cometer el hecho, y que se mantuvo ejecutando estas acciones contra ella por dos años.

Mientras que la menor de 13 años y hermana de la primera víctima, contó a las autoridades que desde que tenía 10 años Johan Manuel la ponía a t0carle sus p4rtes ínt¡mas, mientra estaban en la iglesia.

La adolescente dijo que el pastor hacía lo mismo con una de sus amigas y también con su prima. 

Asimismo, mencionó que nunca le hizo saber a su hermana, pero a veces se sentía “rara, porque él ponía a mi hermana a hacer muchas cosas”.

ACUSACIÓN

Los fiscales acusan al pastor Johan Manuel Castillo de v¡olar los artículos 330 y 333 del Código Penal Dominicano y 12, 18, 396 literales B y C de la ley 136-03 del Código del Menor.

Asimismo, el órgano persecutor está pidiendo prisión preventiva para el pastor, ya que afirma que este no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento y al considerar la gravedad de los hechos que implican la seguridad de la integridad de las víctimas.

Además, sostiene que el pastor no cuenta con el arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga.

Johan Manuel Castillo Ortega
Johan Manuel Castillo Ortega

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