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Familia de Sudiksha Konanki pide declararla fallecida pero no procede legalmente aún

18 de marzo de 2025

Los padres de Sudiksha Konanki solicitan declararla fallecida, pero la ley dominicana exige esperar años para una declaración de ausencia.

A través de un comunicado fechado el 17 de marzo, Subbarayudu Konanki y Sreedevi Komanki, padres de la joven estudiante de medicina Sudiksha Konanki, desaparecida el 6 de marzo en una playa de Punta Cana, pidieron a las autoridades que se declare su fallecimiento para poder iniciar su proceso de duelo.

Sin embargo, el abogado César Amadeo Peralta explicó que, según el ordenamiento procesal penal dominicano, esta solicitud no tiene validez legal. Argumentó que sin la existencia de un cuerpo que pueda ser identificado mediante una autopsia, no es posible declarar legalmente su fallecimiento.

El abogado señaló que el Ministerio Público y las autoridades responsables de la investigación continuarán con la búsqueda de la joven para esclarecer el caso. Destacó que se trata de un asunto de interés público que debe resolverse, ya que además afecta la imagen de la industria turística y la seguridad nacional del país.

Amadeo Peralta mencionó que el Código Civil de la República Dominicana establece disposiciones en los artículos 112 al 140 sobre la declaración de ausencia de una persona desaparecida.

Según la ley, se debe esperar al menos cuatro años antes de iniciar este proceso, que debe ser autorizado por un juez civil. En este caso, no se puede declarar el fallecimiento, sino únicamente la ausencia, lo que permitiría a la familia administrar bienes o, en el caso de un cónyuge, volver a casarse, aunque este no es el caso de la joven desaparecida.

El Código Civil establece lo siguiente en relación con la declaración de ausencia:

  • Artículo 115: Si una persona ha estado ausente de su domicilio durante cuatro años sin noticias, los interesados pueden solicitar al tribunal que declare su ausencia.
  • Artículo 116: El tribunal revisará los documentos presentados y llevará a cabo una investigación con el fiscal del distrito correspondiente.
  • Artículo 117: Al emitir un fallo, el tribunal evaluará las razones de la desaparición y los motivos por los cuales no se ha recibido información de la persona.
  • Artículo 118: El fiscal enviará el fallo al Procurador General de la República, quien lo hará público.
  • Artículo 119: La declaración de ausencia solo podrá pronunciarse un año después de que se ordene la investigación.

En conclusión, la ley dominicana no permite declarar fallecida a Sudiksha Konanki en este momento, por lo que su familia deberá esperar el tiempo establecido por la normativa para solicitar una declaración de ausencia. Mientras tanto, las autoridades seguirán con las investigaciones para esclarecer su paradero.

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